Una red de la Asociación Nacional de Tesoreros Estatales
Una red de la Asociación Nacional de Tesoreros Estatales

Carolina del Sur

Oficina del Tesorero del Estado de Carolina del Sur
División de Propiedad No Reclamada
Directora: Dayle DeLong, Asistente Principal del Tesorero del Estado
Teléfono de la oficina: (803) 734-2683
1200 Senate Street - Suite 214, Edificio Wade Hampton, Columbia, SC 29201

Periodos de latencia

Los siguientes periodos de latencia se indican en años, a menos que se indique lo contrario.

Ahorro: 5
Comprobación: 5
Giros postales no bancarios: 7
Certificados de depósito: 5
Cheques bancarios oficiales/MO: 5
Cajas de seguridad: 5
Cheques de viaje: 15
Seguros de vida Vencidos: 5
Siniestro: 5
Depósitos de servicios públicos: 1
Devoluciones de servicios públicos: 5
Dividendos: 3* Véase Valores
Valores mobiliarios: 3* Sección 27-18-110. (A) Se presume que las acciones u otras participaciones en el capital de una asociación comercial no han sido reclamadas tres años después de la primera de las siguientes fechas: (1) la fecha del dividendo más reciente, división de acciones u otra distribución no reclamada por el propietario aparente; (2) la fecha de un estado de cuenta u otra notificación o comunicación que fue devuelta por no poder entregarse; o (3) la fecha en que el titular suspendió los envíos por correo, notificaciones o comunicaciones al propietario aparente. (B) La deuda no vencida o no redimida, que no sea un bono al portador o un bono con descuento de emisión original, se presume no reclamada tres años después de la fecha del pago de intereses más reciente no reclamado por el propietario. (C) La deuda vencida o amortizada se presume no reclamada tres años después de la fecha de vencimiento o amortización. (D) En el momento en que la propiedad se presume no reclamada de conformidad con la subsección (A) o (B), también se presume no reclamado cualquier otro derecho de propiedad devengado o que le corresponda al propietario como resultado del interés de propiedad y que no se haya presumido no reclamado previamente. (E) El transcurso del período de tres años cesa si la persona: (1)(a) se comunica por escrito con la asociación o su agente en relación con el interés o un dividendo, distribución u otra suma pagadera como resultado del interés; o (b) se comunica de otro modo con la asociación en relación con el interés o un dividendo, distribución u otra suma pagadera como resultado del interés, como lo demuestra un memorando u otro registro archivado en la asociación o su agente; o (2) presenta un instrumento emitido para pagar el interés o un dividendo u otra distribución en efectivo. Si un futuro dividendo, distribución u otra suma pagadera al propietario como resultado del interés no es reclamada posteriormente por el propietario, comienza un nuevo período en el que la propiedad se presume no reclamada y se remonta únicamente al momento en que un dividendo, distribución u otra suma posterior se hizo exigible y pagadera. (F) Al mismo tiempo que cualquier interés se presume no reclamado bajo esta sección, un dividendo, distribución, u otra suma entonces retenida para o debida al propietario como resultado del interés, se presume no reclamada." La declaración de un tipo específico de cheques de dividendos no reclamados -aquellos cuya participación subyacente no se ha presumido abandonada- no se modificó. Por lo tanto, el período de latencia para esos dividendos es de cinco años de conformidad con el artículo 27-18-30 (A). No obstante, si un tenedor opta por declarar los dividendos cuya participación subyacente no se haya presumido abandonada, aceptaremos esos dividendos cuando no hayan sido reclamados durante tres años con arreglo a las disposiciones sobre declaración anticipada del artículo 27-18-280 (B).
Deuda (bonos): 3* Véase Valores
Disolución/Liquidación: 1
Fiduciarios: 5
Salarios: 1
Tribunales/agencias estatales: 5
Tribunales/agencias federales: 5
Ingresos minerales: 5
Otra propiedad: 5
IRA Keogh: 5
Cheque regalo: Exento
Abonos: 5
Pagos entre proveedores: 5
Notas:

Fechas límite de notificación y pago

A continuación se indican las fechas de notificación y pago correspondientes a los distintos tipos de propiedad.

Vencimiento del informe-Seguro de vida: 1 de noviembre
Presentación de informes - Todos los demás: 1 de noviembre
Vencimiento del pago-Seguro de vida: 1 de noviembre
Vencimiento del pago-Todos los demás: 1 de noviembre
Excepciones:
Se requiere informe negativo: Sí
Importe total: 50
Vinculación de cuentas:

Calendario de la capacidad de notificación electrónica

A continuación se indican los tipos de formatos de notificación aceptados por este Estado.

Cinta: No
Cartucho: No
CD: No
Formato NAUPA 2: Sí
Formato NAUPA 3:
Observaciones: SC requiere que los titulares presenten los informes electrónicamente

La información contenida en el Servicio de Monitoreo de Propiedad No Reclamada de los Estados QRP de NAUPA es sólo para fines informativos y de referencia. Esta información no puede ser copiada o reproducida de ninguna manera sin el consentimiento expreso por escrito de la Asociación Nacional de Administradores de Propiedad No Reclamada®. La responsabilidad derivada de la confianza en cualquier información contenida en el material presentado, que puede resultar ser inexacta o incompleta, es específicamente rechazada. Póngase en contacto con cada agencia estatal de propiedad no reclamada para verificar si surge alguna pregunta o inquietud.